T10. La lengua como sistema. La norma lingüística
La concepción de la lengua como un sistema constituye el pilar sobre el que se asienta la lingüística estructural del siglo XX. Un sistema es una totalidad organizada, un conjunto de elementos interdependientes donde cada componente se define por su relación con los demás. Ferdinand de Saussure, en su Curso de lingüística general (1916), establece la distinción fundamental entre lengua (langue) —el sistema social, virtual y homogéneo que reside en la mente de los hablantes de una comunidad— y habla (parole) —el uso individual y concreto de ese sistema—. Para Saussure, la lengua es el verdadero objeto de estudio de la lingüística por ser el componente sistemático y social.
Dentro del sistema, el valor de cada signo lingüístico no es intrínseco, sino relacional y opositivo. Saussure articula estas relaciones en dos ejes: las relaciones sintagmáticas, que se establecen en presencia (in praesentia) en la cadena del habla como relaciones de combinación entre unidades contiguas; y las relaciones paradigmáticas o asociativas, que se establecen en ausencia (in absentia) en la memoria del hablante como relaciones de sustitución entre unidades que podrían ocupar la misma posición. El sistema se organiza jerárquicamente en niveles: fonológico (fonemas), morfológico (morfemas), sintáctico (sintagmas y oraciones) y léxico-semántico (significados y sus relaciones).
Louis Hjelmslev, en sus Prolegómenos a una teoría del lenguaje (1943), llevó el concepto de sistema al máximo de abstracción con su Glosemática. Distingue dos planos en el signo lingüístico: el plano de la expresión (cara perceptible) y el plano del contenido (cara conceptual), cada uno subdividido en forma (estructura) y sustancia (manifestación material). Eugenio Coseriu, en Sistema, norma y habla (1952), refinó la dicotomía saussureana con una tricotomía: sistema (conjunto de posibilidades funcionales), norma (realización colectiva y social del sistema) y habla (acto individual), concibiendo la lengua como un «sistema de sistemas».
El lenguaje verbal humano presenta una serie de propiedades que lo distinguen como sistema de comunicación de cualquier otro código natural o artificial. El carácter social y convencional indica que la lengua es un producto social, una convención adoptada por una comunidad que ningún individuo puede crear o modificar unilateralmente. La arbitrariedad del signo, principio fundamental de Saussure, establece que la relación entre significante (imagen acústica) y significado (concepto) es inmotivada: no hay nada en la secuencia de sonidos /mesa/ que evoque el concepto de «mueble con tablero y patas». Las onomatopeyas son una excepción solo aparente, pues también están sujetas a convención fonológica (cf. español quiquiriquí, francés cocorico).
La doble articulación, descrita por André Martinet en Éléments de linguistique générale (1960), es la propiedad más económica y productiva del lenguaje. El mensaje se articula en dos niveles: la primera articulación descompone en unidades mínimas con significado, los monemas o morfemas (el-niñ-o-cant-aba); la segunda articulación descompone cada monema en unidades mínimas sin significado pero distintivas, los fonemas (/n/-/i/-/ɲ/). Esta dualidad permite crear infinitos mensajes con un número finito y reducido de unidades básicas.
La creatividad y recursividad, propiedades destacadas por Noam Chomsky, explican que la competencia lingüística permite producir y comprender un número infinito de oraciones nunca antes oídas, gracias a la capacidad de aplicar reglas de forma repetida para incrustar estructuras dentro de otras de su mismo tipo (oraciones de relativo encadenadas, por ejemplo). La economía lingüística refleja el equilibrio entre claridad comunicativa y ley del mínimo esfuerzo, explicando fenómenos como la elipsis o la formación de siglas. El carácter discreto de las unidades del sistema supone que son distintas y oponibles sin gradaciones intermedias (un sonido es /p/ o /b/, no un punto intermedio). La linealidad del significante, por su naturaleza auditiva, impone que los elementos se presenten uno tras otro formando una cadena temporal.
El concepto de norma lingüística, tal como lo formuló Eugenio Coseriu, constituye el puente entre la abstracción del sistema y la concreción del habla. La norma es el conjunto de usos y realizaciones habituales en una comunidad, la «costumbre» lingüística que selecciona y fija ciertas posibilidades del sistema. Es fundamental distinguir dos acepciones radicalmente diferentes del término.
La norma prescriptiva o normativa es un conjunto de reglas explícitas que dictaminan qué usos se consideran «correctos» y cuáles «incorrectos», generalmente basándose en un modelo de prestigio (la lengua literaria, el habla de las clases cultas). Es el objeto de la gramática normativa y tiene un carácter social y cultural, con el objetivo de unificar y estandarizar el idioma. La norma descriptiva, en cambio, es el conjunto de usos más frecuentes en una comunidad de hablantes, independientemente de que sean considerados correctos o no. Es el objeto de la lingüística descriptiva, que registra y analiza los usos reales sin emitir juicios de valor.
El concepto de norma culta se refiere al conjunto de usos aceptados y practicados por los hablantes instruidos de una comunidad lingüística en situaciones formales. La norma estándar es una variedad de referencia suprarregional, codificada y utilizada en la educación, los medios de comunicación y la administración. La variación lingüística se manifiesta en varios ejes, sistematizados por Coseriu a partir de los trabajos de Leiv Flydal: variación diatópica (geográfica: dialectos), variación diastrática (social: sociolectos), variación diafásica (situacional: registros y estilos) y variación diacrónica (temporal: evolución histórica). El registro designa la variedad funcional determinada por la situación comunicativa (formal, informal, coloquial, técnico), mientras que el estilo se refiere a las peculiaridades expresivas individuales del hablante. Toda emisión lingüística está determinada simultáneamente por estas cuatro dimensiones de variación.
La codificación y regulación del español normativo recae fundamentalmente en la Real Academia Española (RAE), fundada en 1713 por Juan Manuel Fernández Pacheco bajo el lema «Limpia, fija y da esplendor». Su primera gran obra fue el Diccionario de Autoridades (1726-1739), seguido de la Ortographía española (1741) y la Gramática de la lengua castellana (1771). Desde la creación de la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) en 1951, que agrupa a las veintidós academias del mundo hispánico, la política normativa ha adoptado un carácter decididamente panhispánico.
Las obras normativas fundamentales del español actual son el resultado de este consenso interacadémico. La Nueva gramática de la lengua española (2009-2011) es la primera gramática verdaderamente panhispánica: describe la variación geográfica y social de todas las variedades del español, combinando el enfoque descriptivo con el normativo. La Ortografía de la lengua española (2010) es una obra consensuada que establece las reglas de escritura del español con un criterio unificador. El Diccionario de la lengua española (DLE), en su 23.ª edición (2014), incorpora americanismos y se actualiza continuamente en línea. El Diccionario panhispánico de dudas (DPD, 2005) ofrece orientación normativa sobre cuestiones problemáticas.
El criterio panhispánico supone reconocer que el español es una lengua policéntrica con múltiples normas cultas de referencia, todas igualmente legítimas. No existe un centro normativo único; la norma castellana, la mexicana, la rioplatense o la andina son todas manifestaciones válidas del español culto. Las academias se limitan a describir la variación y a ofrecer orientaciones basadas en el uso mayoritario de los hablantes cultos, evitando imponer una variedad sobre las demás. Este enfoque representa un cambio radical respecto al purismo lingüístico decimonónico y al casticismo que durante siglos privilegió la norma castellana septentrional como único modelo de corrección.
La distinción entre sistema, norma y habla, así como la comprensión de la variación lingüística, tiene profundas implicaciones para la enseñanza de Lengua Castellana y Literatura. El objetivo fundamental no es imponer una norma prescriptiva rígida, sino desarrollar la competencia comunicativa del alumnado, entendida como la capacidad de adecuar el uso de la lengua a los diferentes contextos y situaciones. Esta perspectiva, heredera de Dell Hymes y del enfoque comunicativo, se refleja plenamente en la legislación educativa vigente.
La LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020) articula la materia de Lengua Castellana y Literatura en torno al desarrollo de la competencia en comunicación lingüística como competencia clave, e incorpora la reflexión metalingüística como herramienta para mejorar la comprensión y producción de textos. El currículo promueve que el alumnado conozca y valore la diversidad lingüística como riqueza, superando los prejuicios lingüísticos que asocian determinadas variedades con la incorrección o la inferioridad. La distinción entre corrección (ajuste a la norma estándar) y adecuación (ajuste al contexto comunicativo) es fundamental: un enunciado puede ser gramaticalmente correcto pero pragmáticamente inadecuado, y viceversa.
Los prejuicios lingüísticos —la creencia de que unas lenguas o variedades son intrínsecamente superiores a otras, que existe un «hablar bien» absoluto o que los dialectos son formas degeneradas de la lengua— deben combatirse mediante una educación lingüística basada en el conocimiento científico. La norma culta debe presentarse como una referencia práctica que facilita la comunicación formal y la cohesión social, no como una imposición dogmática. La variación diatópica, diastrática y diafásica debe integrarse en el aula como objeto de estudio y reflexión, mostrando al alumnado que todos somos hablantes de variedades y que la competencia comunicativa plena implica dominar un repertorio amplio de registros y adecuarlos a cada situación.